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Sobre el Pacto por la Sanidad. Propuesta de la SESA

por SESA
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El secretario general de Sanidad ha remitido un documento a SESPAS, quien a su vez nos lo ha hecho llegar a la SESA, en el que se desarrollan los aspectos que deben considerarse para permitir alcanzar un Pacto por la Sanidad. Para ello, se han delimitado 6 áreas de trabajo que están siendo objeto de trabajo por parte de los Comités institucionales, y se han definido dos procesos diferenciados: diagnóstico de situación y articulación de medidas concretas.

La posición de la SESA con respecto al documento recibido es la siguiente:

1.- Políticas de recursos humanos.

La oportunidad que se abre en este momento es la de definir a los profesionales sanitarios que trabajan en el sistema nacional de salud, equiparándolos para acabar así de una vez con las distinciones entre “asistencial” versus “salud pública”, que todavía perduran en la gran mayoría de las Administraciones Sanitarias.

Si bien la Ley 44 /2003, de 21 de noviembre, de Ordenación de la Profesiones Sanitarias fue valiente en su redacción, no lo fue tanto el Real Decreto 183/2008, de 8 de febrero, por el que se determinan y clasifican las especialidades en ciencias de la salud, donde la especialidad de Salud pública es para médicos exclusivamente y se denomina “Medicina preventiva y salud pública”. Esto ya fue cuestionado por SESA en el escrito que remitió al Ministerio de Sanidad cuando se encontraba en fase de borrador este real decreto. Y debería tener eco en la redacción del nuevo proyecto normativo por el que se reforma el acceso a la formación sanitaria especializada. La realidad es mucho más clara que la normativa vigente: la salud pública descansa, desde hace décadas, en titulados universitarios en un buen número de disciplinas, cuya aportación no sólo enriquece nuestra actividad, sino que es la única forma de enfrentarse con posibilidades de éxito a los riesgos actuales para la salud de la comunidad. Ya es momento de que la normativa de ordenación profesional recoja la realidad cotidiana de los profesionales de la salud pública.

2.- Políticas de salud pública

  • A.- Se está trabajando en la definición de la cartera de servicios. A SESA le gustaría participar en los grupos de discusión, para así poder expresar su opinión.
  • B.- Así como se promueven sistemas comunes de inspección y control en seguridad alimentaria, proponemos que se trabaje de común acuerdo con las Comunidades Autónomas, en el marco de la Ponencia de Sanidad Ambiental y con la colaboración de SESA, en la definición de sistemas comunes de inspección y control en materia de sanidad ambiental: vigilancia y control de aguas de abastecimientos, de aguas recreativas y otras, de prevención de la legionelosis, de seguridad química y desarrollo del Reglamento REACH en España, control vectorial, registro de empresas biocidas, sistemas de vigilancia de TODOS los riesgos ambientales para la salud de la comunidad, participación sanitaria mediante la elaboración de informes en las tramitaciones de las licencias de actividades calificadas, en las Declaraciones de Impacto Ambiental, en las actividades de empresas sujetas a la Directiva “Seveso II”, en las actividades sujetas a la normativa IPPC, etc. La elaboración de criterios comunes produciría una actuación más eficiente en los aspectos de salud ambiental.
  • C.- Coordinación. Con demasiada frecuencia nos encontramos con criterios divergentes entre las Comunidades Autónomas a la hora de desarrollar sus competencias. Uno de los ejemplos más paradigmáticos que hemos podido vivir en estos últimos años ha sido la normativa sobre los Registros Oficiales de Establecimientos y Servicios Plaguicidas. Ahora es una buena ocasión para que la normativa publicada por el Ministerio de Sanidad y Consumo relativa al Registro de Biocidas (Orden SCO/3269/2006) tenga un desarrollo autonómico con criterios homogéneos, respetando por supuesto, las peculiaridades, culturas organizativas, recursos y necesidades de cada CCAA.
    La ventaja que puede aportar SESA es que tiene potencial técnico-científico, representación profesional e independencia administrativa para participar en los debates y orientar actuaciones de coordinación. Por otro lado, si el Ministerio de Sanidad quiere liderar la sanidad ambiental, lo que animamos a que haga, debe ser capaz de lanzar programas y planes dotados con partidas económicas que incentiven, ayuden y apoyen la participación de las CCAA en la consecución de los objetivos que se propongan.
  • D.- Plan Nacional de Salud y Medio Ambiente. Las bases para su elaboración están redactadas y entregadas al Ministerio, con participación de SESPAS, SESA, SEE y AETOX. De ahí emanan diferentes propuestas de actuación en materia de salud ambiental: sobre sustancias químicas (incluyendo los alteradores endocrinos, etc.), sobre agua, sobre aire, sobre radiaciones, sobre temperaturas extremas, etc. que sin duda vertebrarían y desarrollarían la sanidad ambiental de España. No se trata de que cada CCAA tenga su Plan ante cualquier tema de salud ambiental, lo que es bueno pero insuficiente, se trata de que se disponga de un Plan de Acción Nacional adecuado y que siga unos criterios de homogeneidad coordinados por el Ministerio de Sanidad y Consumo. Como ejemplo, un plan de gran calado lo constituye el de vigilancia de sustancias químicas en la población. Ni los servicios de Sanidad Ambiental de las CCAA ni la SESA deben quedar al margen del Plan de Nacional de Salud y Medio Ambiente.
  • E.- Sobre el Centro Nacional de Sanidad Ambiental (CNSA). Actualmente es una institución que juega un escaso papel y que sin embargo debiera participar de forma muy dinámica en las actuaciones de ámbito estatal. Debe ser un órgano científico-técnico potente capaz de apoyar al Ministerio de Sanidad y a las CCAA en el desarrollo de las políticas de sanidad ambiental. Así como en el sector asistencial del Sistema Nacional de Salud se definen los Centros, Servicios y Unidades de Referencia (CSUR), bien se podría lograr en que el Centro Nacional de Sanidad Ambiental y otros centros autonómicos que así lo planteen puedan constituirse en la referencia técnico-científica de la sanidad ambiental. Sin embargo, como sabemos, en este momento el Centro Nacional de Sanidad Ambiental ya no pertenece al Ministerio de Sanidad y Consumo, pero, así como se está cuestionando la conveniencia de que el Centro Nacional de Epidemiología siga perteneciendo a Sanidad, pensamos que es necesario proponer lo mismo con el CNSA.

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